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Perú: MEM busca corregir distorsión en mercado eléctrico

El proyecto tiene como fin evitar la declaración de cero o cercana a cero en el consumo de gas que se venía dando por parte de generadoras térmicas

De 12 térmicas, ocho declararon cero en sus consumos de gas natural, observa el MEM.

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) publicó un proyecto de decreto supremo que establece un nuevo esquema para la declaración de los precios del gas natural usado para la generación termoeléctrica en el país, luego que suspendiera el esquema actual, decisión que ocasionó semanas atrás un enfrentamiento entre grupos de empresas de generación eléctrica por los impactos que tendría la medida entre las empresas y los consumidores.

El proyecto –con el fin de evitar la declaración de cero o cercana a cero en el consumo de gas que se venía dando por parte de generadoras térmicas– dispone que estas  empresas informen un precio único del gas natural, el que deberá ser mayor o igual al precio mínimo de gas natural que será verificado por el Comité de Operación Económica del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (COES).

En el caso que el valor declarado sea menor, se considerará como precio único al precio mínimo del gas. Esta declaración se deberá presentar una vez al año (en la norma que busca modificar, se presenta dos veces al año).

ANTECEDENTES

A mediados de noviembre, el MEM dictó el Decreto Supremo 039-2017-EM, por el cual suspendió hasta fin de año el esquema de declaración de los precios del gas para producir electricidad, por considerar que se estaban declarando precios irreales y cercanos a cero, lo cual era una distorsión del mercado e incidía en incrementar la tarifa eléctrica al usuario final.

La decisión estatal desató el enfrentamiento entre dos bandos de generadoras eléctricas: Engie, Enel y Kallpa, las tres más grandes del medio, por un lado, y Fenix Power, Statkraft, Celepsa, Termochilca, Luz del Sur, Orazul, Chaglla, por el otro.

Las compañías generadoras de electricidad Enel, Engie y Kallpa –que representan el 60% del mercado de generación de energía en el Perú– advirtieron que esta medida incrementaría los precios en las tarifas eléctricas hasta el 10% a partir del 2020; esto, a pesar de que la intención del ministerio es evitar alzas futuras.

Al respecto, Daniel Camac, vicepresidente comercial de Engie, explicó en CADE 2017 que la medida tomada por el Ministerio de Energía y Minas coincide con en un contexto de sobreoferta de generación que ha afectado particularmente a siete empresas del sector (que concentran el 40% de la producción).

«Algunos generadores que no hicieron su trabajo oportunamente, que no hicieron una estrategia comercial o fracasaron en sus intentos de contratar, hoy día se ven afectados por el nivel de competencia. Por ello, buscan cambios normativos o que la autoridad realice ese cambio para lograr lo que no lograron en competencia», explicó Cámac.

La declaración de precios la venían realizando las empresas dos veces al año, una a mediados y otra al final de cada periodo, para considerar las variaciones climáticas (más o menos lluvias, que inciden en mayor o menor uso de hidroeléctricas).

Ante tal situación, las siete empresas afectadas por la sobreoferta de precio salieron al frente y defendieron la medida que adoptó el MEM, señalando que la tarifa sí podría bajar, debido a que permitiría una reducción de la subvención a energías renovables no convencionales (RER), vía menor pago por prima RER que se cargue a las tarifas.

PERSPECTIVAS DEL SECTOR

Expertos del sector explicaron que la propuesta pone un piso a lo que se debe declarar, de forma que la empresa que tenga mayor carga por sus contratos take or pay (pagos fijos por el gas, sea que se consume o no), puedan pagar debajo de ese piso, y los que tengan menos carga por esos contratos, paguen menos, pero teniendo el precio mínimo como piso.

No obstante, indicaron que, de aprobarse esta propuesta del sector, no se aprecia que tendrá mayor impacto en las tarifas eléctricas para usuarios regulados, pero en pocos años podría significar incrementos para los clientes libres (grandes consumidores no regulados).

Fuente: elcomercio.pe

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