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España penaliza el uso de baterias Powerwall o similares

Un mes después de que Tesla nos presentase su batería Powerwall diseñada especialmente para el ámbito doméstico, una nueva versión del Real Decreto que regula esta actividad indica que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo va a crear un nuevo impuesto que penalice a los autoconsumidores de electricidad por el uso de este tipo de baterías.

 

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Debido a esta nueva regulación, cuyo contenido está siendo sometido a consulta pública, los autoconsumidores no solo no podrán recurrir al uso de estas baterías sino que, además, tendrán que lidiar con una penalización para los sistemas de almacenamiento que ya incorporan los nuevos paneles solares. Solamente podrán dar uso a estos acumuladores aquellos que se conecten a la red eléctrica y tengan una instalación aislada.

Cargo por autoconsumo

 

Tras el llamado “peaje de respaldo”, que se trataba de un impuesto para que el consumidor contribuyera a los costes del sistema eléctrico por la electricidad que generara y consumiera, el nuevo borrador propone sustituir este cargo por uno nuevo denominado “cargo por autoconsumo” para “cubrir los servicios de balance necesarios en el mercado de producción”. El gravamen se aplica sobre la potencia consumida y oscila entre los 8,9 euros por kilovatio (kW) y los 15,3 euros por kW para potencias inferiores a 15 kW conectadas en baja tensión.
Este nuevo borrador diferencia entre un impuesto para sufragar las redes (que sólo se costeará cuando se esté vertiendo o recibiendo electricidad a la red) y los cargos del sistema, que cubrirán desde las primas a las renovables hasta las anualidades del déficit de tarifa. Según el nuevo decreto, el autoconsumidor deberá sufragar siempre este segundo concepto.

Hay que recordar que el real decreto 1699/2011 prohibió intercalar una batería entre la instalación de generación y el equipo de medida, pero, hay que tener en cuenta que los nuevos paneles solares ya traen baterías que no se encuentran intercaladas en el circuito y que por lo tanto se pueden utilizar sin ningún tipo de impedimento regulatorio.

 

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Autonomía de dos horas

 

Es importante saber que las baterías que están incorporadas a las placas solares tienen, más o menos, una autonomía de dos horas, además, su uso está siendo incentivado por reguladores como los de Alemania, que han encontrado en ellas una solución para no concentrar a las mimas horas los vertidos de electricidad a la red.

Este borrador también indica que el excedente de electricidad que los autoconsumidores puedan verter a la red no tendrá contraprestación económica alguna. Por ello, anima a almacenar la electricidad y consumirla en horarios en los que no haya luz solar.

Lo que parece que Industria sí va a permitir a los consumidores conectados en alta tensión y que realicen actividades empresariales, aunque sujeto a condiciones, es tener una remuneración por verter electricidad que no pueda ser consumida en su propia instalación. A estos consumidores también se les permitirá implantar sistemas de eficiencia y ahorro. Aunque los generadores y baterías de ahorro quedan excluidos de esta circunstancia.

 

Freno a las comunidades autónomas

 

Conviene saber que, debido a que la normativa del autoconsumo en España no estaba muy definida, muchas comunidades autónomas como Cataluña o Baleares han estado concediendo permisos para este tipo de instalaciones por vía rápida, lo que ha favorecido el desarrollo en su territorio.

Parece ser que ahora con la nueva normativa el tema de las instalaciones de autoconsumo se verá frenado en las comunidades autónomas, pero hay que recordar que este nuevo borrador aún no está aprobado y al estar sometida a consulta pública seguramente reciba bastantes alegaciones. Solo queda esperar, a ver qué pasa.

Fuente: e-ficiencia.com

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